Seguro de incendios y bienes comunes

Es un requisito legal para todas las comunidades bajo la Ley N° 21.442 de Copropiedad Inmobiliaria. Sin embargo, más allá del cumplimiento normativo, representa la base de la protección integral de los bienes comunes del edificio, resguardando su estructura y áreas compartidas. Completa el formulario y cotiza ahora mismo.

Seguro obligatorio para edificios

Cuadrado de color turquesa, parte de la identidad visual de Seguros CCS
Familia en su hogar, representando la seguridad y protección que ofrece el Seguro Obligatorio para Comunidades de Seguros CCS
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Seguro obligatorio por ley

El artículo 43 de la Ley 21.442 establece que todo condominio con destino habitacional en alguna de sus unidades debe contratar y mantener vigente un seguro colectivo contra incendio. No es opcional: mantenerlo al día es parte de las obligaciones de la administración frente a la comunidad y la normativa vigente.

Así funciona tu protección

Así se arma la protección de tu edificio

Partimos por lo que exige la ley, y sumamos solo lo que tu edificio necesita.

Cobertura base · Exigida por ley

Incendio

La base de todo. Protege fachadas, techumbres, muros, instalaciones eléctricas y los bienes comunes esenciales de tu edificio.

↓ Y sobre esa base, sumas lo que tu edificio necesita

Adicional

Rotura de cañerías

Porque una cañería nunca avisa. Cubre muros, pisos, techos, tus bienes dañados y hasta la limpieza y secado.

Adicional

Daños por agua y filtraciones

El agua no distingue entre tu depto y el del vecino. Cubre los daños, encuentra el origen de la fuga y responde ante terceros.

Adicional

Equipos y maquinaria

Cuando el ascensor se detiene, la comunidad también. Protege ascensores, bombas, calderas y portones frente a fallas.

Adicional

RC de la comunidad

Si algo del edificio daña a alguien: un objeto que cae de la fachada o un accidente en un área común, la comunidad está cubierta.

Adicional

RC del administrador o comité

Administrar no debería arriesgar tu patrimonio personal. Te resguarda ante reclamos por decisiones o errores en la gestión.

Indemnización por pérdida

En caso de siniestros graves, garantiza la compensación adecuada para la recuperación del inmueble.

Asegúrate de tener una cobertura integral

Protección más allá del obligatorio

Cumplir con la ley es solo el primer paso para proteger tu comunidad. Sin embargo, cada condominio enfrenta riesgos específicos que pueden comprometer su estabilidad financiera y operativa. Por eso, en Seguros CCS te ofrecemos opciones complementarias para que la protección de tu comunidad sea realmente integral:

Adicional de sismos para edificios

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Un terremoto puede no derribar tu edificio, pero sí desestabilizar el presupuesto de tu comunidad. Esta cobertura es clave para la recuperación estructural y financiera.

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Responsabilidad civil para administradores y comités

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Resguarda el patrimonio personal de quienes lideran la gestión del condominio ante posibles demandas o reclamaciones legales.

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Otros seguros adicionales

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Opciones especializadas para edificios, casas, locales comerciales e inmuebles, adaptadas a sus necesidades específicas para garantizar una protección total.

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Somos tus aliados en todo momento

Por qué elegirnos como tu corredora de seguros

+25 años de experiencia protegiendo comunidades en todo Chile.

Especialización en comunidades

No somos una corredora generalista. Entendemos tus necesidades específicas.

Acompañamiento en siniestros

Nunca te abandonamos, estamos siempre contigo, para agilizar procesos y trámites.

Asesoría legal

Te protegemos y te brindamos orientación en la prevención de riesgos legales.

Condiciones exclusivas

Negociamos con aseguradoras líderes para ofrecerte las mejores coberturas y tarifas.

Valor asegurado actualizado

Recomendamos el valor real de reconstrucción del edificio y lo revisamos junto a tu comunidad cada 6 meses.

Adicionales 100% a medida

Evaluamos la ubicación y estructura de tu edificio para proponerte solo las coberturas adicionales que realmente aplican.

Preguntas frecuentes

¿Qué dice la Ley 21.442 sobre la contratación de Seguro Obligatorio?

La Ley 21.442 exige que todo edificio con destino habitacional contrate y mantenga vigente un seguro colectivo contra incendio que cubra todos los bienes e instalaciones comunes y ofrezca a los copropietarios opciones para asegurar sus unidades; además, permite sumar coberturas complementarias como sismo o salida de mar, según acuerde la asamblea.

No necesariamente. El seguro obligatorio de incendio no incluye sismo por defecto. La cobertura de sismo suele contratarse como adicional y define condiciones, deducibles y montos propios. ¿La recomendación?

Revisar tu póliza: qué cubre, qué excluye y qué deducible aplica. En un país sísmico, ese adicional puede marcar la diferencia entre un susto y un problema financiero serio.

En Seguro CCS evaluamos contigo si el adicional de sismo está activo, en cuánto está el monto asegurado y cómo optimizar tu prima sin sacrificar protección.

Por ley, el mínimo obligatorio es el seguro colectivo contra incendio para bienes e instalaciones comunes del condominio (pasillos, ascensores, techumbres, estructuras y redes generales), que debe mantenerse vigente cuando al menos una unidad tiene destino habitacional.

En la práctica, esa póliza se puede ampliar con adicionales muy recomendados para Chile:

  • Sismo (y, según el plan, salida de mar), que se contrata como cláusula adicional.
  • Daños por agua (rotura de cañerías/desbordes) y daño eléctrico, frecuentes en salas de bombas, estacionamientos o tableros.
  • Remoción de escombros, para cubrir retiro y disposición posterior al siniestro.

 

Algunas pólizas incluyen además explosión, colapso, aeronaves/vehículos e inhabitabilidad (con sublímites y deducibles definidos). La combinación exacta depende del contrato y se refleja en las “cláusulas adicionales”.

Piénsalo así: colectivo = lo compartido; individual = lo de tu departamento. El seguro colectivo protege bienes comunes del edificio: estructuras, techumbres, ascensores. El seguro individual resguarda el interior de tu unidad y tus contenidos.

El administrador gestiona el colectivo y, en muchos casos, también asegura unidades que no tengan póliza individual. ¿El objetivo? Que la comunidad no quede descubierta por gaps de cobertura.

En Seguro CCS alineamos ambas capas para que, ante un siniestro, no falte cobertura ni sobrepagues por duplicidades.

En las pólizas de incendio para edificios/condominios existen bienes y riesgos que no están cubiertos salvo que se incorporen expresamente en las condiciones particulares o mediante cláusulas adicionales. Entre las exclusiones más comunes están:

  • Dinero, valores y documentos (billetes, cheques, acciones, libros contables, archivos magnéticos/ópticos, software, etc.).
  • Joyas, metales preciosos, obras y objetos de arte o de colección, y explosivos.
  • Bienes ajenos que el asegurado tenga a cualquier título.
  • Elementos exteriores/obras civiles como rejas, portones, veredas, pavimentos, caminos y muros de contención, además de conexiones a redes públicas, árboles y jardines.
  • Daños por desgaste o vicio propio, corrosión/óxido, combustión espontánea, o fenómenos eléctricos que afecten al propio artefacto (salvo que provoquen un incendio). También riesgos nucleares/radiación.
  • Incendios consecuencia de sismo (quedan fuera del plan básico y se cubren agregando el adicional de sismo).
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No esperes a que ocurra un siniestro para darte cuenta de la importancia de un seguro bien estructurado. Protege a tu comunidad con una corredora especializada y con más de 25 años de experiencia en el rubro.