Es un requisito legal para todas las comunidades bajo la Ley N° 21.442 de Copropiedad Inmobiliaria. Sin embargo, más allá del cumplimiento normativo, representa la base de la protección integral de los bienes comunes del edificio, resguardando su estructura y áreas compartidas. Completa el formulario y cotiza ahora mismo.
El artículo 43 de la Ley 21.442 establece que todo condominio con destino habitacional en alguna de sus unidades debe contratar y mantener vigente un seguro colectivo contra incendio. No es opcional: mantenerlo al día es parte de las obligaciones de la administración frente a la comunidad y la normativa vigente.
Partimos por lo que exige la ley, y sumamos solo lo que tu edificio necesita.
La base de todo. Protege fachadas, techumbres, muros, instalaciones eléctricas y los bienes comunes esenciales de tu edificio.
↓ Y sobre esa base, sumas lo que tu edificio necesita
Porque una cañería nunca avisa. Cubre muros, pisos, techos, tus bienes dañados y hasta la limpieza y secado.
El agua no distingue entre tu depto y el del vecino. Cubre los daños, encuentra el origen de la fuga y responde ante terceros.
Cuando el ascensor se detiene, la comunidad también. Protege ascensores, bombas, calderas y portones frente a fallas.
Si algo del edificio daña a alguien: un objeto que cae de la fachada o un accidente en un área común, la comunidad está cubierta.
Administrar no debería arriesgar tu patrimonio personal. Te resguarda ante reclamos por decisiones o errores en la gestión.
En caso de siniestros graves, garantiza la compensación adecuada para la recuperación del inmueble.
Cumplir con la ley es solo el primer paso para proteger tu comunidad. Sin embargo, cada condominio enfrenta riesgos específicos que pueden comprometer su estabilidad financiera y operativa. Por eso, en Seguros CCS te ofrecemos opciones complementarias para que la protección de tu comunidad sea realmente integral:
Un terremoto puede no derribar tu edificio, pero sí desestabilizar el presupuesto de tu comunidad. Esta cobertura es clave para la recuperación estructural y financiera.
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Resguarda el patrimonio personal de quienes lideran la gestión del condominio ante posibles demandas o reclamaciones legales.
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Opciones especializadas para edificios, casas, locales comerciales e inmuebles, adaptadas a sus necesidades específicas para garantizar una protección total.
Conocer más →No somos una corredora generalista. Entendemos tus necesidades específicas.
Nunca te abandonamos, estamos siempre contigo, para agilizar procesos y trámites.
Te protegemos y te brindamos orientación en la prevención de riesgos legales.
Negociamos con aseguradoras líderes para ofrecerte las mejores coberturas y tarifas.
Recomendamos el valor real de reconstrucción del edificio y lo revisamos junto a tu comunidad cada 6 meses.
Evaluamos la ubicación y estructura de tu edificio para proponerte solo las coberturas adicionales que realmente aplican.
La Ley 21.442 exige que todo edificio con destino habitacional contrate y mantenga vigente un seguro colectivo contra incendio que cubra todos los bienes e instalaciones comunes y ofrezca a los copropietarios opciones para asegurar sus unidades; además, permite sumar coberturas complementarias como sismo o salida de mar, según acuerde la asamblea.
No necesariamente. El seguro obligatorio de incendio no incluye sismo por defecto. La cobertura de sismo suele contratarse como adicional y define condiciones, deducibles y montos propios. ¿La recomendación?
Revisar tu póliza: qué cubre, qué excluye y qué deducible aplica. En un país sísmico, ese adicional puede marcar la diferencia entre un susto y un problema financiero serio.
En Seguro CCS evaluamos contigo si el adicional de sismo está activo, en cuánto está el monto asegurado y cómo optimizar tu prima sin sacrificar protección.
Por ley, el mínimo obligatorio es el seguro colectivo contra incendio para bienes e instalaciones comunes del condominio (pasillos, ascensores, techumbres, estructuras y redes generales), que debe mantenerse vigente cuando al menos una unidad tiene destino habitacional.
En la práctica, esa póliza se puede ampliar con adicionales muy recomendados para Chile:
Algunas pólizas incluyen además explosión, colapso, aeronaves/vehículos e inhabitabilidad (con sublímites y deducibles definidos). La combinación exacta depende del contrato y se refleja en las “cláusulas adicionales”.
Piénsalo así: colectivo = lo compartido; individual = lo de tu departamento. El seguro colectivo protege bienes comunes del edificio: estructuras, techumbres, ascensores. El seguro individual resguarda el interior de tu unidad y tus contenidos.
El administrador gestiona el colectivo y, en muchos casos, también asegura unidades que no tengan póliza individual. ¿El objetivo? Que la comunidad no quede descubierta por gaps de cobertura.
En Seguro CCS alineamos ambas capas para que, ante un siniestro, no falte cobertura ni sobrepagues por duplicidades.
En las pólizas de incendio para edificios/condominios existen bienes y riesgos que no están cubiertos salvo que se incorporen expresamente en las condiciones particulares o mediante cláusulas adicionales. Entre las exclusiones más comunes están:
No esperes a que ocurra un siniestro para darte cuenta de la importancia de un seguro bien estructurado. Protege a tu comunidad con una corredora especializada y con más de 25 años de experiencia en el rubro.