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Mantén tu comunidad y bienes 100% seguros

Ofrece la tranquilidad de cumplir con la ley, tener la mejor cobertura y acompañamiento ante incendios, catástrofes naturales y robos.

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Asegura los bienes de dominio común habitacional y de oficinas.

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Incendios

3

Daños materiales

3

Rotura de flexibles

3

Robo

3

Cristales

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Inhabitabilidad del inmueble

3

Responsabilidad Civil General

3

Colapso
del edificio

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accidentes personales

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Avería de equipos eléctricos y máquinas

Preguntas frecuentes sobre la póliza de seguros de comunidades:

  • Los deterioros que sufran los objetos asegurados por la acción directa del incendio (abrasamiento por el fuego de los objetos asegurados).
  • Los deterioros consecuencia inmediata del incendio, deterioros causados por calor, humo, vapor o los medios empleados en extinguir o contener el fuego.
  • Los gastos en que se incurra por demolición, remoción de escombros y traslado de inmuebles.


Como parte de las exclusiones es importante destacar que los daños materiales e incendio a consecuencia de un sismo queda excluido salvo que se contrate dicho adicional.

Causados por aeronaves, roturas de cañerías, desagües y por desbordamiento de estanques matrices, por construcción o demolición de edificios colindantes, por erupción volcánica, por explosión, por peso de nieve o hielo, y por colisión de vehículo.

Los flexibles no son considerados necesariamente parte de la cañería, por lo mismo algunas compañías pueden excluirlo expresamente o bien sublimitar el pago hasta un máximo que se detalle en póliza, se recomienda revisar dicho adicional ya que si no se mantienen o cambian los flexibles se pueden generar daños mayores a los limites indicados en póliza.

La Responsabilidad Civil general cubre los daños materiales o corporales que la comunidad pueda ocasionar a terceros, producto de una falta o negligencia de la comunidad o sus trabajadores.

Adicionales exclusivos para bienes comunes. Entre los que se pueden encontrar:

  • Rotura de cristales.
  • Avería de maquinarias.
  • Robo.
  • Instalaciones electrónicas.
  • Responsabilidad civil.

Tenemos estas opciones complementarias para tu comunidad:

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Seguro de vida

OS10 (Obligatorio)

Debe ser por un monto mínimo de UTM 75 equivalentes a UF 135 aproximadamente. Para contratarlo no requiere firmar una DPS (declaración de salud) ya que los montos son bajos. Tiene límites de edad que van entre los 60-65 años.

No se puede contratar en conjunto con la póliza de la comunidad ya que debe ser emitido por una compañía de vida.

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Seguro de Accidentes personales

En general este seguro puede estar incluido en la póliza de la comunidad.

busca cubrir a los trabajadores de la misma en caso de una muerte accidental o una incapacidad permanente

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Responsabilidad Civil

(Directores y administradores)

Protege el patrimonio de los directores o administradores de la copropiedad, por reclamos hechos en su contra (incluye gastos de defensa) originados por actos culposos o incorrectos en el ejercicio de su función.

Esta póliza incluye a cualquier persona natural que haya sido, sea o se convierta durante la vigencia en director o administrador de la copropiedad.

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