Chile está en la lista de los países con mayor actividad sísmica en el mundo. Sin embargo, casi la mitad de los edificios no cuenta con cobertura contra sismos. El Seguro Adicional de Sismo no es un lujo, es una necesidad para cualquier comunidad que quiera proteger su patrimonio y evitar gastos inesperados ante un desastre natural. Completa el formulario y cotiza ahora mismo.
Este seguro complementa la cobertura obligatoria de incendio y garantiza que, tras un terremoto, el financiamiento de las reparaciones no recaiga en los copropietarios.
Cubre los costos de reparación o reconstrucción del edificio afectado por un terremoto.
Si un incendio ocurre dentro de las 3 horas posteriores a un temblor de 6 grados o más, estará cubierto.
Protege ascensores, escaleras, muros de contención, techumbres y sistemas eléctricos afectados por un sismo.
Permite afrontar los gastos de rehabilitación del inmueble sin afectar el presupuesto de los copropietarios.
No somos una corredora generalista. Entendemos tus necesidades específicas.
Nunca te abandonamos, estamos siempre contigo, para agilizar procesos y trámites.
Te protegemos y te brindamos orientación en la prevención de riesgos legales.
Negociamos con aseguradoras líderes para ofrecerte las mejores coberturas y tarifas.
Recomendamos el valor real de reconstrucción del edificio y lo revisamos junto a tu comunidad cada 6 meses.
Evaluamos la ubicación y estructura de tu edificio para proponerte solo las coberturas adicionales que realmente aplican.
El adicional de sismos se contrata sobre el seguro obligatorio de incendio, que es la base legal de toda comunidad. A partir de ahí, sumas las coberturas que tu edificio necesite.
La cobertura que la Ley de Copropiedad 21.442 exige para tu edificio, sin complicaciones.
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Resguarda el patrimonio personal de quienes lideran la gestión del condominio ante posibles demandas o reclamaciones legales.
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Opciones especializadas para edificios, casas, locales comerciales e inmuebles, adaptadas a las necesidades específicas de tu comunidad.
Conocer más →No, es una cobertura voluntaria, pero considerando que Chile es un país altamente sísmico, no contar con este seguro expone a la comunidad a costos de reparación elevadísimos.
Sí, esta cobertura adicional si no se tenía anteriormente, debe aprobarse en asamblea de copropietarios antes de ser contratada.
Si un terremoto de 6 grados o más ocurre y dentro de las 3 horas siguientes se genera un incendio como consecuencia, solo estará cubierto si la comunidad tiene contratado el adicional de sismo.
Siempre. Un terremoto no avisa. Lo ideal es contratarlo desde el momento en que se adquiere la propiedad o se gestiona una comunidad.
Sí, el seguro adicional de sismo contempla un deducible, que es una suma o fracción porcentual del monto asegurado.
Si, todas las compañías operan con el mismo deducible, solo se diferencia entre riesgos comerciales y habitacionales.
Pese a ello, en el caso de que una póliza indique otra cosa en sus condiciones particulares, ese es el deducible que vale.
Riesgos habitacionales: 1% del monto asegurado con un mínimo de UF 25, esto quiere decir que es el mayor valor entre el 1% del monto asegurado y las UF 25
Riesgos Comerciales: 2% del monto asegurado con un mínimo de UF 50, esto quiere decir que es el mayor valor entre el 2% del monto asegurado y las UF50.
Por ejemplo, si el monto asegurado es UF 100.000, su deducible será UF 1.000 si es habitacional y UF 2.000 si es comercial; en tanto, si el monto asegurado es UF 2.000, el deducible será UF 25 si es habitacional y UF 50 si es comercial.
No esperes a que ocurra un terremoto para actuar. Protégete hoy con un seguro que realmente marque la diferencia.