Cuadrado de color turquesa, parte de la identidad visual de Seguros CCS
Ejecutivo de Seguros CCS con casco y chaleco reflectante, representando la protección especializada para construcción y edificaciones

Protege tu comunidad ante lo inevitable

Chile está en la lista de los países con mayor actividad sísmica en el mundo. Sin embargo, casi la mitad de los edificios no cuenta con cobertura contra sismos. El Seguro Adicional de Sismo no es un lujo, es una necesidad para cualquier comunidad que quiera proteger su patrimonio y evitar gastos inesperados ante un desastre natural. Completa el formulario y cotiza ahora mismo.

Adicional de sismos

resguarda la estabilidad económica de la comunidad

¿Qué cubre el adicional de sismo?

Este seguro complementa la cobertura obligatoria de incendio y garantiza que —tras un terremoto— el financiamiento de las reparaciones no recaiga en los copropietarios
Pilar de edificio con grietas severas, representando la cobertura de Seguros CCS ante sismos y terremotos.

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Especialización en comunidades

No somos una corredora generalista. Entendemos tus necesidades específicas.

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Estamos presentes y activos para asegurar que el proceso de indemnización sea rápido

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Preguntas frecuentes sobre el adicional de sismo

¿El seguro de sismos es obligatorio?

No, es una cobertura voluntaria, pero considerando que Chile es un país altamente sísmico, no contar con este seguro expone a la comunidad a costos de reparación elevadísimos.

Sí, esta cobertura adicional si no se tenía anteriormente, debe aprobarse en asamblea de copropietarios antes de ser contratada.

Si un terremoto de 6 grados o más ocurre y dentro de las 3 horas siguientes se genera un incendio como consecuencia, solo estará cubierto si la comunidad tiene contratado el adicional de sismo.

Siempre. Un terremoto no avisa. Lo ideal es contratarlo desde el momento en que se adquiere la propiedad o se gestiona una comunidad.

Sí, el seguro adicional de sismo contempla un deducible, que es una suma o fracción porcentual del monto asegurado.

Si, todas las compañías operan con el mismo deducible, solo se diferencia entre riesgos comerciales y habitacionales.

Pese a ello, en el caso de que una póliza indique otra cosa en sus condiciones particulares, ese es el deducible que vale.

Riesgos habitacionales: 1% del monto asegurado con un mínimo de UF 25, esto quiere decir que es el mayor valor entre el 1% del monto asegurado y las UF 25

Riesgos Comerciales: 2% del monto asegurado con un mínimo de UF 50, esto quiere decir que es el mayor valor entre el 2% del monto asegurado y las UF50.

Por ejemplo, si el monto asegurado es UF 100.000, su deducible será UF 1.000 si es habitacional y UF 2.000 si es comercial; en tanto, si el monto asegurado es UF 2.000, el deducible será UF 25 si es habitacional y UF 50 si es comercial.

No dejes tu patrimonio en riesgo

Cotiza hoy mismo este adicional, porque un sismo no derrumbará tu edificio, pero sí puede hacerlo con su presupuesto

No esperes a que ocurra un terremoto para actuar. Protégete hoy con un seguro que realmente marque la diferencia