Cuando un condominio contrata o renueva su seguro de incendio, lo que queda por escrito pesa tanto como la póliza elegida. Debe quedar el acta con el acuerdo, la póliza y el certificado archivados, el respaldo de pago y una comunicación a los copropietarios. Sin esos papeles, nadie puede demostrar después cómo se tomó la decisión.
Ya explicamos quién debe contratar el seguro de incendio y cómo elegir entre varias ofertas. Aquí vemos lo que viene después de decidir, en un condominio o edificio en Chile.
Quién debe acordar, según la ley y el reglamento
La Ley 21.442 establece que el administrador contrata los seguros exigidos para el condominio previo acuerdo del comité de administración y, si corresponde, de la asamblea de copropietarios. El reglamento de la ley precisa ese “si corresponde”:
- Renovar o contratar sin cambiar los riesgos cubiertos: el administrador necesita acuerdo previo del comité y de la asamblea ordinaria.
- Agregar o quitar coberturas complementarias: como el adicional de sismo: acuerdo previo del comité y de una asamblea extraordinaria con mayoría reforzada.
- Si el comité decide no renovar: contratar una nueva póliza, o terminar antes de tiempo la vigente, requiere acuerdo previo de la asamblea.
Antes de decidir, conviene revisar también el reglamento de copropiedad de tu comunidad, que puede fijar reglas adicionales.
El acta: qué debería incluir
El acta es el documento que muestra que la decisión se tomó con información. Como buena práctica, conviene que deje constancia de:
- Qué alternativas se revisaron y cómo se compararon (por coberturas, no solo por precio).
- Qué se acordó: aseguradora, monto asegurado, deducibles y coberturas complementarias.
- Si la decisión mantiene los riesgos cubiertos o los cambia, porque de eso depende el tipo de asamblea.
- Quiénes participaron y con qué votos.
Si más adelante un copropietario pregunta por qué se eligió esa póliza, la respuesta está escrita. Para comparar alternativas, usa la guía de qué hacer antes de solicitar una cotización.
Qué documentos archivar
El reglamento de la ley indica que la póliza forma parte del archivo de documentos del condominio. Además de la póliza, guarda:
- El certificado de cobertura, con coberturas, montos y deducibles.
- El acta o las actas que respaldan el acuerdo.
- El comprobante de pago de la prima.
El administrador debe rendir cuenta de los seguros contratados y entregar el respaldo de su pago. Tener el archivo ordenado facilita esa rendición y la gestión de cualquier siniestro.
Cómo informar a la comunidad
La prima del seguro de bienes comunes la pagan todos los copropietarios y debe aparecer desglosada en el cobro de gastos comunes. Por eso conviene explicar, en palabras simples, qué se contrató y por qué: qué cubre, qué monto se aseguró y si se incluyó sismo. Un comunicado breve o un punto en la asamblea ordinaria basta, y evita preguntas repetidas en cada cobro.
Calendario de renovación
Anota en el calendario del comité la fecha de vencimiento y el aviso de la aseguradora. Como explicamos en la nota sobre la norma de la CMF, la aseguradora debe avisar con al menos 30 días de anticipación si renovará y en qué condiciones. Ese margen es corto para comparar alternativas, reunir al comité y, si corresponde, convocar a la asamblea. Conviene empezar antes.
Por qué este registro protege a quienes decidieron
Quien decide por la comunidad puede enfrentar reclamos de los propios copropietarios por esas decisiones. Para ese riesgo existe la responsabilidad civil de administradores e integrantes de comités, que protege el patrimonio personal de quienes ejercen el cargo. Es una cobertura distinta del seguro del edificio, y también de la responsabilidad civil patronal, que responde cuando demanda un trabajador de la comunidad.
Una decisión bien tomada queda registrada: acta con el acuerdo, póliza y certificado archivados, comunicación a la comunidad y fecha de revisión anotada. En Seguros CCS acompañamos a administradores y comités en ese proceso, desde la revisión de la póliza hasta la comparación de alternativas. Solicita tu asesoría gratuita.
Preguntas frecuentes
¿Qué debe decir el acta cuando el condominio contrata o renueva el seguro de incendio?
Qué alternativas se revisaron, qué se acordó (aseguradora, monto asegurado, deducibles y coberturas complementarias), si cambian los riesgos cubiertos y quiénes participaron. Es una buena práctica que respalda la decisión.
¿Qué documentos debe archivar el administrador del seguro del condominio?
La póliza, el certificado de cobertura, el acta del acuerdo y el comprobante de pago de la prima. La ley y el reglamento piden que el administrador rinda cuenta de los seguros y entregue el respaldo de su pago.
¿Debe aprobar la asamblea la renovación del seguro del condominio?
Según el reglamento de la Ley 21.442, renovar sin cambiar los riesgos cubiertos requiere acuerdo previo del comité y de la asamblea ordinaria. Si cambian las coberturas complementarias, se requiere una asamblea extraordinaria con mayoría reforzada.
¿Cómo se informa a los copropietarios qué seguro se contrató?
Con el cobro desglosado de la prima en los gastos comunes y una explicación breve de qué cubre la póliza, ya sea en un comunicado o en la asamblea ordinaria.
¿Es lo mismo el seguro del edificio que la responsabilidad civil de administradores y comités?
No. El seguro de incendio protege los bienes comunes. La responsabilidad civil de administradores y comités protege el patrimonio personal de quienes ejercen esos cargos frente a reclamos por sus decisiones.





