En un edificio, las filtraciones y fugas de agua son un problema común que puede generar grandes dolores de cabeza para administradores y copropietarios. La pregunta que surge de inmediato es: ¿el seguro del edificio cubre las fugas? La respuesta no es tan simple como un “sí” o un “no”, pues depende de las coberturas contratadas y, sobre todo, de dónde se origine el daño.
La cobertura por rotura de cañerías
Generalmente, las pólizas de seguros para edificios en Chile incluyen una cobertura que ampara los daños por rotura de cañerías.
Esta es la cláusula que se activa en caso de fugas y filtraciones. Sin embargo, su alcance está directamente relacionado con el origen de la fuga:
- Fugas en bienes comunes: Si la fuga proviene de una cañería principal o de un ducto de uso común que pasa por las paredes o los techos del edificio, el seguro de la comunidad cubrirá los daños. Por ejemplo, si una tubería en el pasillo se rompe y daña el cielo del departamento de abajo, la póliza de la comunidad es la que responde.
- Fugas en una unidad individual: Si la fuga se origina en una cañería dentro de un departamento (por ejemplo, en el baño o la cocina), la póliza de la comunidad no lo cubrirá. La responsabilidad de los daños recae directamente en el propietario de la unidad, quien deberá usar su propio seguro de departamento o asumir el costo de reparación.
Esta es una de las principales confusiones que existen en las comunidades, por lo que es importante que los administradores aclaren este punto para evitar malentendidos.
La responsabilidad de la mantención
Si la fuga es causada por el desgaste normal de una cañería antigua que debió ser reemplazada o por una falta de mantención, la aseguradora puede rechazar el siniestro o aplicar un deducible muy alto, lo que dejaría a la comunidad o al copropietario con un problema muy grande.
Por lo tanto, si la causa de la fuga es un defecto en la mantención, el seguro podría no responder.
¿Cómo abordar un siniestro por fuga?
Ante una fuga, la clave es actuar rápido. Primero, identifica el origen de la fuga. Si se origina en un bien común, notifica de inmediato al administrador para que se ponga en contacto con la aseguradora y se abra un siniestro.
Si la fuga proviene de un departamento, el administrador debe notificar al copropietario para que él, a su vez, se ponga en contacto con su aseguradora.
En el caso de que el copropietario no tenga seguro, el administrador puede guiarlo para que asuma la responsabilidad de la reparación y, si es necesario, acudir a las vías legales para forzar el cumplimiento de la reparación.





