Responsabilidad civil, la póliza que no debe faltar en tu comunidad

seminario de polizas de responsabilidad civil

Para Claudia Escobar, gerente comercial de Seguros CCS, la responsabilidad civil protege a la comunidad frente a imprevistos que afecten a terceros. Y añade que es una herramienta clave de prevención y respaldo legal.

En este artículo vamos a explorar un tema crucial para la paz mental y la salud patrimonial de todos los administradores y copropietarios: la responsabilidad civil en las comunidades. 

Tema que fue abordado por Luis Rodriguez y Claudia Escobar en el seminario Responsabilidad Civil en Comunidades: cómo hacer un uso inteligente de esta protección, coordinado por MAPFRE y Seguros CCS. 

Lo penal y lo civil

Luis Rodríguez, director del área Legal y Responsabilidad Civil de la firma A Plus Ajustadores, nos explica la relevancia y los tipos de responsabilidad. 

En derecho existen distintos tipos de responsabilidad. Entre las más mencionadas están la responsabilidad penal y la civil. 

Mientras la primera es sancionatoria, la segunda tiene una naturaleza jurídica reparadora. Y esta segunda es lo que amparan las pólizas de responsabilidad civil.

La responsabilidad civil es la obligación que tiene alguien de reparar por equivalencia a otra personas cuando le ha ocasionado un daño. Y lo hace indemnizando.

Responsabilidad Civil ampara comunidades, unidades y administradores 

Este tipo de póliza se adapta a las necesidades de las comunidades, y están diseñadas para amparar tanto a comunidades, como a unidades. Pero muy especialmente a los administradores y directivos o miembros de un comité de copropietarios. 

La Comunidad

Se asegura la comunidad como persona jurídica independiente de sus copropietarios o dueño de unidad expresamente asegurada. 

Se ampara o protege la afectación patrimonial frente a daños ocasionados a terceros (no asegurados) teniendo como causa un defecto de mantenimiento o vicio de construcción de los bienes comunes. 

El origen del daño son bienes o espacios comunes.

Las Unidades

Se protege al dueño de la unidad asegurada. 

Lo amparado es la afectación patrimonial del copropietario por daños ocasionados a terceros a causa de un vicio de construcción o defecto de mantenimiento de la unidad. 

Los administradores y el Comité de copropietarios

En este caso se protege al administrador o  a los miembros del Comité de Administración. 

Se protege el patrimonio del administrador o director a causa de daños ocasionados a terceros por un acto de administración. 

Se ampara la actuación poco diligente del asegurado en el ejercicio de sus funciones de administración.

Qué cubre y que no cubre la responsabilidad civil

Los daños que están cubiertos por las pólizas de Responsabilidad Civil son por hechos fortuitos o negligencia, pero no cubre cuando no se cumplen las obligaciones establecidas. 

Entre los más comunes se encuentran los daños a vehículos por desprendimiento de fachada, las caídas por pisos mojados, o las filtraciones por falta de mantenimiento.

Sobre este punto, Claudia Escobar recalca que no hay una solución única: cada comunidad tiene sus propios riesgos. De allí que la asesoría adecuada de una corredora permite diseñar la mejor protección. “Contratar un seguro sin comprender esto, es un error común”, indica. 

Al detallar lo que no cubren este tipo de póliza podemos citar: demandas laborales, hechos penales, omisiones o negligencias, y los incumplimiento de obligaciones.

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