En Seguros CCS vemos que, cada día, los comités de administración tienen más protagonismo: son parte de quienes dirigen la comunidad y tienen la responsabilidad de contratar un buen seguro para el edificio. Hoy los comités participan activamente en estas decisiones, no solo las reciben.
Si eres parte del comité, algo que quizás no sabías: puedes pedir cotizaciones a distintas aseguradoras o corredores antes de aprobar una póliza, y cada vez es más habitual que los comités lo hagan. Así puedes comparar y decidir con más información.
El comité también tiene la facultad de definir el monto asegurado y las coberturas, junto al administrador. La ley chilena entrega esa atribución a quienes viven y administran el edificio, porque nadie conoce mejor el valor de la propiedad que su propio dueño. El corredor asesora y recomienda, pero la decisión final es del comité y el administrador. Eso sí: cualquier cambio en los montos asegurados debe quedar por escrito, en acta, porque es el comité quien finalmente firma los cheques y responde por esa decisión.
El comité, junto al administrador, también puede cambiar de compañía aseguradora o de corredor sin necesidad de pasar por la asamblea. Lo que sí requiere asamblea son las decisiones de mayor alcance, como incrementar el adicional de sismo o modificar de forma importante los montos asegurados.
Un dato que conviene tener presente: lo normal es que tu administrador te informe sobre la póliza una vez al año, al momento de renovarla. Aprovecha esa instancia para revisar montos y coberturas, y no la dejes pasar. Recuerda que las pólizas son contratos anuales: se pueden cancelar antes, pero no conviene hacerlo a mitad de vigencia.
Preguntas frecuentes
¿El comité de administración puede pedir cotizaciones a distintas aseguradoras?
Sí. El comité puede solicitar cotizaciones de más de una aseguradora o corredor antes de decidir.
¿Quién decide el monto asegurado del edificio, el comité, el administrador o la asamblea?
La decisión la toman el comité y el administrador, ya que la ley les entrega esa atribución. El corredor asesora y recomienda, pero no decide. Cualquier ajuste en los montos debe quedar registrado en acta.
¿El comité puede cambiar de compañía aseguradora o de corredor sin pasar por la asamblea?
Sí, esa decisión corresponde al comité y al administrador. Lo que sí requiere asamblea son cambios mayores, como incluir en ambos casos.
¿Cada cuánto debe el administrador informar al comité sobre el estado de la póliza?
Generalmente una vez al año, al momento de renovar el contrato de seguro.
¿Se puede cancelar la póliza a mitad de vigencia?
Se puede, pero no es recomendable, porque las pólizas son contratos anuales.





